El Tribunal Superior de justicia de Madrid ha tumbado la decisión unilateral del Gobierno de San Sebastián de los Reyes (PSOE y Ciudadanos) de impedir que los partidos y organizaciones políticas pusieran caseta en las Fiestas del municipio. Lesiona derechos y libertades fundamentales, es contrario al principio de igualdad, y cercena el derecho de participación.
Izquierda Independiente denunció lo que consideraba una vulneración de derechos, y ahora la justicia les da la razón.
En julio de 2019 el gobierno de PSOE y Ciudadanos decidió unilateralmente y sin estar recogido en el orden del día, que las organizaciones políticas no podrían disponer de caseta en el recinto ferial del Parque de la Marina, durante las Fiestas de agosto. Efectivamente así sucedió, ningún partido político estuvo presente en el recinto de casetas durante las fiestas de agosto 2019, después de muchos, muchos años.
Izquierda Independiente decidió presentar denuncia ante lo que consideró una grave vulneración de derechos, señalando además “la falta de transparencia en el proceso de concesión de las casetas, lo que hacía sospechar que el gobierno de PSOE y Ciudadanos solo pretendía coartar la participación de izquierda independiente e invisibilizar a la oposición política”.
15 meses después el Tribunal Superior de Justicia de Madrid viene a avalar las posiciones de Izquierda Independiente, y por una parte rechaza la petición realizada por el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para que fuera cerrada la demanda del partido local, y por otro decreta la suspensión cautelar de la orden de la Junta de Gobierno que prohíbe a los partidos políticos disponer de caseta.
El TSJ de Madrid se referencia en sentencias anteriores, y como ya se pronunció respecto a la actuación del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, sostiene en el auto que:
“Respecto de fondo del asunto, debe significarse que la denegación de la solicitud a un partido político de una Caseta en el recinto ferial permitiendo su instalación a otras asociaciones no ligadas a partidos políticos Peñas, Clubes deportivos y comerciantes es radicalmente nula de conformidad con el artículo 62.1 a) de la entonces vigente la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (hoy artículo 47 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ) pues lesionan los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional de una forma tan palmaria que no necesitan mayor comentario pues resulta contrario al principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución desconoce el papel fundamental que el artículo 6 de la Constitución otorga a los partidos políticos ( Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política.) y cercena el derecho de participación establecido en el artículo 23 del texto constitucional”.
Izquierda Independiente señala que “quitar las casetas a la oposición solo fue un paso más en el intento del PSOE y Ciudadanos de acallarles. La eliminación de la columna de portavoces de la revista municipal La Plaza, utilizar La Plaza y Canal Norte como medios de comunicación de los partidos del gobierno o eliminar los espacios de libre expresión de la ciudad son algunos ejemplos más de cómo el gobierno municipal pretende coartar la libertad de expresión y cualquier posible crítica”.