El Parlamento español aprobó ayer varios Decretos-Ley con medidas eminentemente de carácter social. Entre los varios decretos que el gobierno llevaba al parlamento para su aprobación, uno de ellos no obtuvo la mayoría suficiente para ser aprobado y, aunque importantes son las medidas contempladas en los que si fueron aprobados, hoy vengo a hablar del decreto que no consiguió la confianza de la cámara.
Importante es la polémica levantada entre las distintas sensibilidades de la izquierda y de los defensores de los derechos sociales (omitimos las reacciones de la derecha, dado que, como viene siendo habitual últimamente, cualquiera de sus críticas, que es legítimo que las haya, carecen del mas mínimo rigor) por el voto en contra de Podemos, partido que dice defender el mantenimiento de los derechos sociales ya consolidados y la obtención de otros nuevos.
Aunque dudo de que a estas alturas la persona que lea estas líneas no esté suficientemente informada del contenido del Decreto-Ley de la discordia, permítame un somero resumen de las medidas mas transcendentes que éste incluía:
Reducción paulatina de la base de cotización a la Seguridad Social de las personas mayores de 52 años perceptoras del subsidio de desempleo. En la actualidad esta prestación social cotiza por el 125% de la base mínima de cotización, equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El Decreto-Ley contempla que, a las personas que adquieran el derecho a la percepción del subsidio por desempleo a partir del 1 de junio de 2024, se les aplicará un 120% en su cotización respecto a la base mínima (SMI) durante el ejercicio en curso, un 115% en el ejercicio 2025, un 110% en el ejercicio 2026, un 105 % en el ejercicio 2026 y en 2028 cotizarían por el 100%, exactamente igual que cualquier trabajador en activo que cobre el equivalente el SMI.
Incremento de la cuantía que percibirían las personas que adquieran el derecho al subsidio a partir del próximo 1 de junio, hasta los 570€, durante los 6 primeros meses, a 540€ los 6 meses siguientes, quedándose en los 480€ actuales a partir de los 12 meses.
También contempla otras medidas positivas para las personas trabajadoras. Sin embargo, la reducción en los porcentajes de la cotización de los perceptores del subsidio de desempleo, ha sido la razón, según manifiestan desde el propio partido, que ha motivado el voto en contra de Podemos en el Parlamento. Votos que eran esenciales para su aprobación y que por consiguiente no se ha producido. Desde la formación morada alegan que esa medida supone un recorte en los derechos de los trabajadores sin empleo y razón no les falta. Desde el gobierno critican que Podemos haya privado a los perceptores del subsidio por desempleo de cobrar 90€ mas al mes, critica ésta, también justificada.
Unos y otros pueden tener razón en su postura, sin embargo, lo que resulta hiriente para cualquier persona con sensibilidad y/o ideología de izquierda es ver el comportamiento de unos y otros. Unos que están en claro enfrentamiento con el gobierno de coalición y muy especialmente con la parte de Sumar de ese gobierno y otros acusando a los primeros de aliarse con la derecha y la extrema derecha. Ni una ni otra, de esas actitudes, es positiva para poder seguir conquistando derechos sociales, como no lo es, esos votos en contra por parte de Podemos, aunque su razonamiento sea correcto.
Se puede afirmar, matemáticas de por medio, que existe recorte de derechos para las personas en situación de desempleo. Matemáticas de por medio, igualmente, se puede afirmar que existe un agravio hacia las personas trabajadoras en situación de activo. Una persona trabajando que cobre el SMI, que cotiza por el 100% de su salario, cobrará en el momento de su jubilación en función de esa cotización. Una persona mayor de 52 años en situación de desempleo, dado que cotiza por el 125% del SMI, cobrará en el momento de su jubilación en función de esa cotización, evidentemente será superior a la pensión que cobrará el trabajador en activo.
No deberíamos centrar el debate en este agravio para justificar un recorte por el hecho de que existan trabajadores en distinta situación laboral, alegar que, dado que a otros les va peor, hay que igualar por abajo, es contrario a la defensa de los derechos sociales.
El debate, en mi opinión, no debería centrarse en los elementos anteriormente expuestos, el debate debería ser ¿porqué no igualamos la pensión de jubilación de los trabajadores que cotizan por el SMI a la de los que la obtienen tras haber sido perceptores del subsidio de desempleo? A ningún grupo político representado en el Parlamento se le ha oído propuesta alguna en este sentido, incluido el que se niega a aprobar un Decreto porque recorta derechos a las personas desempleadas. Cabría preguntar ¿Qué hay de las personas trabajadoras con salarios bajos?
En un futuro, ojala no muy lejano, cuando el SMI se corresponda con el salario medio en España y todas las personas trabajadoras, independientemente de si están en situación de activo o de desempleo, puedan optar a una pensión de jubilación digna, sería el momento de suprimir los “beneficios” de las personas desempleadas, porque se habría igualado por arriba, no por abajo, como ahora se pretende.
Creo que el artículo carece de una perspectiva global de lo que supondría la aprobación del decreto ley a que hace referencia. Lo que no deja lugar a duda es que las aportaciones del Gobierno a l@s trabajador@s, ya estén en activo o desemplead@s, sería menor. Si se aprobara a un@s trabajador@s beneficiaria (poco) y a otros, l@s desemplead@s mayores de 52 años les perjudica seriamente cuando les llegue la jubilación. Es decir el Gobierno, disminuye los fondos globales destinados a mejorar la vida de l@s trabajador@s, a la vez que crea una disputa entre lo que se denominan las «izquierdas», situación que solo beneficia al PSOE y sus aliados. Llevas razón cuando dices que tod@s l@s trabajador@s perdemos con estas situaciones, que hay que mejorar mucho los salarios y las jubilaciones por arriba, pero hay que ver quién se beneficia. Os mando a través «esloquehay» un interesante artículo de la COESPE; también hay otro de un tal Morano que aclara algunas dudas al respecto.