La decisión unilateral de la Junta de Gobierno de San Sebastián de los Reyes (PSOE y Ciudadanos) de impedir a los partidos políticos y «organizaciones afines o vinculadas» su presencia en las casetas de las Fiestas del municipio, ya fue declarada «radicalmente NULA» por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hace ahora un año.
Según el Tribunal, dicho acuerdo «cercena el derecho de participación y es contrario al principio de igualdad» por lo que decretó la «suspensión cautelar» de la medida. En estos días se ha hecho pública la sentencia que reitera «la NULIDAD» del acuerdo de la Junta de Gobierno y la CONDENA al Ayuntamiento «al abono de las costas causadas, fijadas en 1500€ más IVA en concepto de honorarios del Letrado, más los derechos arancelarios del Procurador».
Ocho meses después de la suspensión cautelar dictada por el Tribunal de Justicia, la disposición municipal para la solicitud de Casetas en el Parque de la Marina para las Fiestas 2021, reitera la acción de excluir, omitiendo a los partidos políticos, y señalado, excluyendo o considerando «preferentes» a otros colectivos vecinales.
La Sección Segunda de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha concluido así, anulando la medida y condenando en costas al Ayuntamiento, el procedimiento abierto, hace ahora más de dos años, tras los recursos interpuestos por Izquierda Independiente y el Partido Popular de San Sebastián de los Reyes.
Esloquehay nos hicimos eco de lo sucedido el 2 de julio de 2019, cuando el gobierno de PSOE y Ciudadanos deciden excluir a los partidos políticos y organizaciones afines de la concesión de casetas en las Fiestas del municipio. Contamos también como no era la primera vez que esto sucedía en Sanse, porque ya en 2012 con gobierno del Partido Popular ocurrió lo mismo, sacaron a «los partidos políticos, agrupaciones de electores y organizaciones dependientes», del recinto de casetas durante las Fiestas. La medida fue derogada por el gobierno tripartito surgido de las urnas en mayo 2015.
Hace un año, en octubre de 2020 informamos al respecto del recurso formulado por Izquierda Independiente, y sobre las conclusiones de la resolución judicial que declaraba «radicalmente nula» la medida, el acuerdo de la Junta de Gobierno, «pues, decía literalmente el auto, lesionan los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional de una forma tan palmaria que no necesitan mayor comentario pues resulta contrario al principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución… y cercena el derecho de participación establecido en el artículo 23 del texto constitucional». Este pronunciamiento judicial contenía la «suspensión cautelar» de la disposición.
Contamos ahora que de aquel procedimiento abierto en vía judicial, iniciado por Izquierda Independiente y también por el Partido Popular, circunstancia -recurso del Partido Popular- que desconocíamos hasta hace unos días, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resuelve condenar al Ayuntamiento al abono de las costas del procedimiento, por un importe de unos 1500 euros más IVA.
El Tribunal condena al Ayuntamiento por una acción de la Junta de Gobierno Local. Es decir que las arcas públicas, el dinerito de todos, sufragará los costes de un procedimiento derivado de la acción arbitraria y fuera del marco legal del gobierno que PSOE y Ciudadanos ostentan en Sanse.
Bicheando en la dificultosa web municipal, nos hemos encontrado con la Diligencia aprobada este mismo verano en Junta de Gobierno Local de San Sebastián de los Reyes, concretamente el 22/06/2021 relativa a: la Convocatoria para solicitud de uso y explotación de casetas en los aledaños del recinto ferial y sedes provisionales de peñas durante las fiestas del Stmo.Cristo de los Remedios 2021. Pues bien en dicha «diligencia», fechada ocho meses después de la suspensión cautelar, en su primer apartado bajo el epígrafe de «Adjudicatarios» recoge que:
«Quedan excluidos de esta convocatoria plataformas y otros colectivos no inscritos, organizaciones juveniles de los partidos políticos, así como asociaciones vinculadas a los partidos políticos que concurran a las elecciones.
Las peñas de San Sebastián de los Reyes tendrán preferencia en la asignación de casetas en los aledaños del recinto ferial, dado que su fin primordial está estrechamente vinculado con las fiestas del municipio».
Continúa por tanto el ejecutivo local desoyendo la voz del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en lo que respecta al principio de igualdad recogido en el artículo 14 y al derecho de participación que ampara el artículo 23 de la Constitución, ya que tanto por omisión (no recoge como posibles adjudicatarios a los partidos políticos) como por acción (excluye directamente a determinados colectivos de vecinos y vecinas, y califica como «preferente» a otros) no parece ajustarse a los preceptos constitucionales.
Curiosamente, el ejecutivo local justificó la conculcación de derechos y libertades de los partidos políticos, en la ampliación de los derechos de las asociaciones y preferentemente peñas del municipio. En torno a unas veintitantas entidades del municipio obtenían caseta cada año, y otras se quedaban sin ella, este año 2021, mantenido el gobierno sus restricciones y preferencias, tan solo ocho (8) asociaciones han presentado solicitud.
Más «curiosidades» de esta disposición, pueden encontrarse en su apartado 6, relativo a las condiciones de uso de estas instalaciones, donde especifica:
«Las casetas no podrán cederse ni subarrendarse a terceros. Se permitirá exclusivamente la subcontratación de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento y explotación de la caseta».
Pero esto ya es materia para otra información.