El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes abre el plazo para el uso y explotación de casetas durante las fiestas del Santísimo Cristo de los Remedios, que tendrán lugar del 25 de agosto al 1 de septiembre.
Todas aquellas entidades de carácter no lucrativo que estuvieran inscritas en el registro municipal de asociaciones antes del 1 de enero de 2024 podrán solicitar caseta hasta el 17 de julio, aunque tendrán preferencia las peñas. El coste será, como en años anteriores, de 1000 euros, y también como en anteriores ocasiones, no podrán cederse ni subarrendarse a terceros pero sí subcontratar los servicios necesarios para el correcto funcionamiento y explotación de la caseta,… Pero mejor que conozcáis el contenido íntegro de la nota de prensa emitida por el Servicio de Medios de Comunicación del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes
Esta es:
Pueden participar en el procedimiento de obtención de una sede social (caseta) con carácter provisional, en los aledaños del recinto ferial durante las Fiestas del Stmo. Cristo de los Remedios, las peñas, asociaciones y otras entidades de carácter no lucrativo, inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes con antelación al 1 de enero de 2024.
El Ayuntamiento ostenta la potestad, con carácter previo, de reservarse los espacios que considere necesarios cada año. Las peñas de la localidad tendrán preferencia, dado que su objeto social está estrechamente vinculado a las fiestas. Se instalarán 20 casetas con unas dimensiones de 10 x 15 metros en los aledaños del recinto ferial.
Las solicitudes deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de quince días desde la publicación de esta convocatoria en la página web municipal. Este plazo concluye el próximo 17 de julio, inclusive.
Una vez concluidas las valoraciones, el Ayuntamiento comunicará a las entidades solicitantes su admisión o no en los procedimientos posteriores de adjudicación.
Se establece un canon de 1.000 € por caseta. Este canon sufraga, solo en parte, los gastos originados por los servicios prestados por el Ayuntamiento, correspondientes a la instalación.
Las casetas no podrán cederse ni subarrendarse a terceros. Se permitirá exclusivamente la subcontratación de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento y explotación de la caseta. El incumplimiento de las normas conllevará el cierre de la caseta y la pérdida del derecho a ejercer la actividad en el recinto ferial durante las fiestas del año siguiente.